Los agentes forestales exigen ser reconocidos como Policía Medioambiental
infoJUCAR | La participación de estos profesionales en
la extinción de incendios resulta crucial, ya que son ellos los que mejor
conocen el terreno
Según datos de la OMS
(Organización Mundial de la Salud), una de cada cinco personas muere en la
Unión Europea por efectos relacionados con el deterioro del Medio Ambiente.
Existe por lo tanto, una relación directa entre la protección del Medio
Ambiente y la Seguridad Ciudadana, según AEAFMA (Asociación Española de Agentes
Forestales y Medioambientales).
En muchos países de la
UE los funcionarios encargados de la vigilancia y protección medioambiental
están regulados por la legislación del resto de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad
Ciudadana. Es necesario que el Estado Español establezca un marco normativo que
desarrolle y aclare las competencias y facultades de los agentes forestales y
medioambientales de las diferentes administraciones públicas, en coordinación
con el resto de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
Entre las soluciones
está el fortalecimiento del marco jurídico; la organización de los cuerpos de
agentes forestales (desarrollo de especialidades, participación en protocolos
de emergencias en el medio natural), dotar de imagen corporativa e
identificación común a los agentes y mejorar el trabajo de los cuerpos de
agentes forestales y medioambientales de las administraciones públicas.
“Reclamamos una normativa estatal que regule
de forma homogénea las funciones y atribuciones de los agentes forestales y
medioambientales, en el desempeño de la función de Policía Forestal y
Medioambiental, con el consiguiente sustento jurídico de sus funciones
coercitivas en la protección del Medio Ambiente. Consideramos necesario
planificar itinerarios formativos comunes para todos los agentes y que ofrezcan
garantías en el ejercicio de sus funciones como Policía Judicial”, asegura un
comunicado de la asociación.
Además, “consideramos que
el Código Procesal Penal y su normativa de desarrollo deben garantizar la
permanencia de los agentes forestales y medioambientales en el desempeño de las
funciones que vienen realizando en materia de Policía Judicial”.
Se manifiesta además la
necesidad de avanzar en la creación y regulación de Cuerpos especializados de
agentes Forestales en las diferentes administraciones publicas mediante la
oportuna legislación, en sintonía con el desarrollo experimentado en Cataluña y
Madrid.
“Consideramos la
necesidad de constituir o regular los Cuerpos de Agentes Forestales y
Medioambientales con una estructura que permita la carrera profesional vertical
desde el grupo de acceso hasta el A1 formada íntegramente por Agentes
Forestales y Medioambientales, además de la horizontal que regula el EBEP
(Estatuto Básico del Empleado Público)”.
Los centros de trabajo,
según los profesionales, deben reunir unas condiciones óptimas para poder
desempeñar una actividad laboral adecuada según la normativa de Prevención de
Riesgos Laborales. Su ubicación debe ser operativa y en núcleos de población
referentes para el ciudadano. El trabajo por parejas (binomio de agentes) debe
realizarse con carácter general por seguridad, eficiencia y eficacia.
“Consideramos que las
especialidades deben reconocerse, potenciarse y regularse. El acceso a las
mismas debe garantizar los principios de igualdad, mérito y capacidad. Se
considera necesaria la creación de una unidad de investigación de delitos
ambientales compuesta por agentes forestales, que debería estar adscrita a la
fiscalía de medio ambiente y urbanismo”.
Dada la reconocida
capacidad humana, medios técnicos y conocimientos del territorio de los cuerpos
de agentes forestales y medioambientales, se considera imprescindible que los
cuerpos de estos funcionarios se integren en las salas del 112 y sean activados
ante cualquier incidencia ambiental, así como participar en las emergencias que
hubiere en el medio natural como servicio público esencial que son,
integrándose en los protocolos de actuación de este servicio de emergencias.
La denominación
genérica, con independencia de la denominación del cuerpo y/o escalas de
Agentes Forestales y Medioambientales, en cada administración, será la de
Policía Medioambiental.
“Consideramos necesario
tener unas acreditaciones que sean similares en todos los cuerpos y/o escalas
de agentes forestales de las distintas administraciones públicas. Entendemos
que es fundamental la homogeneización de la uniformidad que facilite la
identificación ante el ciudadano, siendo deseable converger en las dotaciones
de material hacía los siguientes elementos: banda en el pecho de color verde
(de 2 centímetros), similar al modelo de otros países europeos. El escudo de
los cuerpos y/o escalas de agentes debe tener el contorno en formato
internacional/ranger con su perfil característico. Debe rotularse la
denominación en la espalda del uniforme, preferentemente en dos líneas para que
su tamaño sea perfectamente visible. El número de identificación personal (NIP)
debe colocarse en el pecho. La ropa debe ser de tipo técnico y de calidad
contrastada”.
Resulta necesario que se
identifiquen claramente por los ciudadanos los vehículos de agentes forestales.
“para ello consideramos que deben atender a los siguientes rasgos
característicos: los vehículos deben tener rotulado un damero-ajedrezado verde
forestal en fondo blanco o blanco en fondo verde forestal. Se debe rotular la
denominación de agentes forestales, tanto en la parte delantera, lateral, capó
y trasera de los vehículos. La rotulación en el techo es imprescindible para la
visualización de los medios aéreos. En las puertas delanteras se colocaría el
escudo del cuerpo y/o escalas de los agentes de cada administración (formato
internacional/ranger). Deberán estar dotados de prioritarios sonoros y
luminosos tipo V1. Debe colocarse el logo 112 de emergencias en los laterales
del vehículo”.
Además, se insta a que
los aspectos relacionados con la uniformidad y vehículos sean trasladados a las
mesas de negociación para lograr la consecución de estos fines.
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