La CHJ comienza el año 2024 con 368 autorizaciones para actuaciones de mantenimiento y conservación de cauces
La
Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. (CHJ), ha comenzado el año 2024 con
un total de 368 autorizaciones vigentes, otorgadas en el ejercicio anterior,
para realizar actuaciones de mantenimiento y conservación de cauces. Se trata
de una serie de labores de mantenimiento y mejora del dominio público
hidráulico, como retirada de elementos obstructivos, desbroces de vegetación
invasora y otros trabajos menores, que principalmente realizan las
administraciones locales.
Además, como balance del año 2023, cabe destacar que en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre el Organismo emitió 201 resoluciones favorables para que las administraciones locales realicen este tipo de labores. Se trata de pequeñas actuaciones, con el objetivo de conservar y mejorar, en lo posible, el estado de nuestros ríos y, a su vez, minimizar el riesgo de inundaciones.
Desde el Organismo de cuenca se hace hincapié en que
la coordinación entre administraciones es esencial para que el dominio público
hidráulico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar esté en buenas condiciones;
una coordinación que se sustenta en una legislación específica que delimita sin
lugar a dudas las competencias y responsabilidades que tiene cada
administración.
En el caso de las zonas no urbanas, las actuaciones
de mantenimiento y conservación de cauces las realiza el organismo de cuenca
correspondiente. Según el Real Decreto 984/1989 (Art. 4, apartado K), se
atribuye a las Comisarías de Aguas de los Organismos de cuenca la realización
de las obras de mera conservación de los cauces públicos, basándose
específicamente esta función en el mantenimiento del régimen de corrientes y de
su funcionamiento natural de desagüe en avenidas ordinarias de los cauces
públicos.
En consecuencia, la Confederación viene realizando
esta tarea de forma continua, siempre según las disponibilidades
presupuestarias. La Demarcación del Júcar abarca una extensa red fluvial de más
de 46.000 km de cauces, lo que implica que las actuaciones hayan de realizarse
priorizando aquellas que son más urgentes.
Hay que señalar asimismo que las funciones de los
organismos de cuenca, recogidas en los artículos 23.d) y 24.d) del texto
refundido de la Ley de Aguas, están orientadas a la protección y tutela del
dominio público hidráulico, pero no se traducen en concretas obligaciones en
materia de conservación y defensa del territorio frente a inundaciones, así
como tampoco en el deber de realizar trabajos de conservación, limpieza y
restauración en todos y cada uno de los supuestos que puedan presentarse, lo
cual ha sido refrendado por el Defensor del Pueblo en su informe Agua y
Ordenación del Territorio (Madrid, 2009).
Así, estas actuaciones también pueden ser realizadas
por otras entidades, con la preceptiva autorización de los organismos de cuenca.
En el caso de las zonas o tramos urbanos, la
competencia en conservación y mantenimiento de cauces corresponde
principalmente a los ayuntamientos, de acuerdo con el artículo 28.4 de la Ley
10/2001, de 5 de Julio, del Plan Hidrológico Nacional.
Estas actuaciones, realizadas por las
administraciones locales y otros, son asimismo imprescindibles para completar
las que realizan los organismos de cuenca.
Ahora bien, tanto en tramos no urbanos como
igualmente en tramos urbanos, siempre que se desee realizar este tipo de
actuaciones, se debe contar con una autorización administrativa de acuerdo con
el artículo 126 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
En este contexto, la Confederación Hidrográfica del
Júcar facilita el otorgamiento de estas autorizaciones. Resaltar que, de las
368 autorizaciones mencionadas, la Confederación podría estudiar la posibilidad
de prorrogar 276 a petición del interesado previa al vencimiento de la autorización.
En las siguientes tablas, se listan las actuaciones
otorgadas por provincia, indicando el municipio y el cauce afectado, así como
si existe posibilidad de prorrogar la autorización otorgada y su fecha máxima
de vigencia, en caso de solicitarse la prórroga en forma y plazo adecuado.
En la provincia de Valencia son 200 las
autorizaciones vigentes a finales de 2.023; de las cuales, 96 se resolvieron
durante el pasado año:
Consta una autorización emitida para actuaciones en
la provincia de Cuenca y en la provincia de Albacete prorrogable y con fecha
máxima de prórroga del 04/06/2025.
En la siguiente imagen se muestra la ubicación de
los trabajos de conservación, mantenimiento y restauración vigentes a finales
del año 2.023 distinguiendo en azul los que podrían ser prorrogados.
Como orientación y guía para que la realización de
estos trabajos de mantenimiento se realice de forma óptima, el Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha elaborado una guía técnica,
descargable en el link, titulada Buenas prácticas en actuaciones de
conservación, mantenimiento y mejora de cauces. Su finalidad es poner a
disposición de los distintos usuarios, técnicos y administraciones una
herramienta que contribuya a mejorar el conocimiento sobre la normativa de
aplicación, las responsabilidades y competencias de las distintas
Administraciones Públicas implicadas, así como optimizar las actuaciones para
lograr la mayor eficiencia posible en la utilización de las inversiones
públicas.
En el siguiente link de la página web de la
Confederación Hidrográfica del Júcar, Cómo solicitar Autorización para
actuaciones de restauración, conservación y mantenimiento, se puede encontrar
información sobre cómo solicitar autorización para acometer trabajos de mantenimiento,
restauración y conservación en cauces, así como los modelos y hojas
informativas necesarios para cada caso.
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