El Gobierno aprueba un marco de actuación común en casos de episodios de alta contaminación de aire
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un
real decreto que recoge un nuevo Plan Marco de Acción a corto plazo para
episodios de alta contaminación por el que se establecen nuevos umbrales y
actuaciones homogéneas para todas las administraciones en caso de superación de
dichos umbrales.
El texto legislativo, enmarcado en la protección y
vigilancia de la calidad del aire que realiza el Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), se complementa con iniciativas
lanzadas anteriormente como el Plan de Salud y Medioambiente o el Índice de
Calidad del Aire, según ha precisado el ministerio en un comunicado.
"El objetivo principal de este real decreto es
proteger la salud pública frente a una mala calidad del aire y evitar picos de
contaminación", ha subrayado el MITECO, para insistir en que quiere
"mejorar el control de la contaminación atmosférica reduciendo la
concentración de partículas y dióxido de nitrógeno especialmente en las grandes
ciudades".
En este sentido, ha recordado que, según datos de la
Agencia Europea de Medio Ambiente, la mala calidad del aire provoca en
aproximadamente 3.000 muertes por partículas PM2.5, 6.000 por NO2 y 1.800 por
Ozono (O3).
Según ha agregado el MITECO, en paralelo se modifica
el reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002 de
prevención y control integrados de la contaminación para lograr la adecuada
difusión de las resoluciones administrativas de las autorizaciones ambientales
integradas, de manera que "se fomenta el eficaz conocimiento por parte del
público".
Al mismo tiempo, se modifica el plazo del
procedimiento de revisión de las autorizaciones ambientales integradas en
coherencia con el plazo de concesión y el plazo del procedimiento simplificado
de modificación sustancial establecidos de acuerdo con el Real Decreto-Ley
36/2020, de 30 de diciembre.
Por otro lado, al haber surgido dudas sobre la
aplicación concreta del artículo 3.3 del Real Decreto 208/2022 sobre garantías
financieras en materia de residuos, respecto de la determinación de la garantía
financiera que corresponde a los gestores de residuos, en el ámbito de la
responsabilidad ambiental, se ha procedido a su clarificación.
Además, se han revisado los criterios para
determinar el importe de la fianza para ciertas instalaciones de tratamiento y
almacenamiento de residuos, y para los gestores de residuos de construcción y
demolición, así como de escorias siderúrgicas.
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