El Supremo da la razón a los pueblos del Júcar y anula la permuta de aguas con los regantes
infoJUCAR | Los municipios
de Albalat de la Ribera, Benicull, Corbera, Cullera, Favara, Fortaleny, Polinyà
de Xúquer, Riola y Sueca habían interpuesto el recurso contra el Plan Hidrológico
de la Cuenca del Júcar
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el
intercambio de aguas con los regantes que el Plan Hidrológico de la cuenca del
Júcar obligaba a pagar a los municipios de la comarca de la Ribera para que
pudieran abastecerse de agua libre de nitratos y pesticidas.
El Supremo ha dictado esta sentencia en
respuesta al recurso contencioso-administrativo interpuesto por los municipios
de Albalat de la Ribera, Benicull, Corbera, Cullera, Favara, Fortaleny, Polinyà
de Xúquer, Riola y Sueca contra el Real Decreto 595/2014 del Gobierno por el
que se aprobaba el Plan Hidrológico de la Cuenca del Júcar.
Según la sentencia dada a conocer por el
Ayuntamiento de Cullera, el Plan del Júcar dejaba inicialmente a la comarca sin
asignación de recursos hídricos superficiales del río para el abastecimiento
humano -situación que se modificaría posteriormente con una concesión de 10
hm3/ al año- ya que únicamente abría la puerta a la posibilidad de intercambiar
agua con las comunidades de regantes.
El fallo, que anula el artículo 28.b-d, es
“histórico”, según los alcaldes de las localidades impulsoras, ya supone todo
un “triunfo” para aquellos consistorios que defendieron desde un principio que
la Ribera tenía derecho a recibir una asignación de agua del Júcar sin
necesidad de intercambiarla con los regantes.
Además, esta permuta no salía gratis, ya que ha
tenido un coste elevado para las arcas públicas a razón de 7 céntimos por metro
cúbico y ha obligado a subir el recibo del agua en los municipios miembros de
la Comunidad de Usuarios de la Ribera.
En la sentencia, el Supremo consagra por primera
vez en el ordenamiento jurídico español el principio de que “Quien contamina
paga”, un mandato que ya prevé la propia legislación europea y que ahora
también sienta un precedente y abre la puerta a que las poblaciones de la
comarca puedan reclamar a la Confederación Hidrográfica del Júcar, la
devolución de las tasas por intercambio de recursos a las que han tenido que
hacer frente.
El Supremo considera probado que no han sido los
municipios los responsables de la contaminación y certifica que ésta tiene su origen
en la actividad agrícola y ganadera, basándose en una informe de la Universitat
Politécnica de València.
En consecuencia, se refuerzan los argumentos de
los municipios ribereños que, además de pedir la asignación directa, han
defendido el derecho a no pagar los costes de las infraestructuras de
potabilización por cuanto el control de los productos fitosanitarios
(pesticidas y herbicidas) es competencia de la Generalitat.
En una rueda de prensa, el alcalde de Cullera,
Jordi Mayor, junto con alcaldes y concejales de las trece poblaciones que se
sumaron a las acciones judiciales frente a la CHJ, ha asegurado que la
sentencia marcará una nueva tendencia en todos los planes hidrológicos futuros
que se diseñen en nuestro país.
Mayor ha adelantado que los municipios ribereños
van a iniciar los procesos necesarios para reclamar a la Confederación los
costes del Plan de Cuenca que han sido repercutidos sobre los usuarios de la
comarca.
Por lo que respecta a los costes de la
potabilizadora -25’5 millones de euros a amortizar en 40 años más un interés
del 4%-, ahora la Generalitat ya cuenta con un principio jurídico al que
atenerse para que en la próxima ley de acompañamiento de los Presupuestos
autonómicos se exima a la Ribera de asumir los costes de la tasa de amortización
de las obras de la potabilizadora.
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