La jueza rechaza de nuevo imputar al presidente de la CHJ y critica la "absurda" versión de Pradas
La investigación judicial por la gestión de la DANA amplía las declaraciones de alcaldes y mantiene el foco en altos cargos de la Generalitat mientras exime de responsabilidad penal a la Confederación Hidrográfica del Júcar
Así lo ha acordado la
jueza del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja, que ha ampliado las
testificales a dieciséis responsables municipales más, entre ellos la alcaldesa
de València, María José Catalá, y el alcalde de Cullera, Jordi Mayor, quien ha
cuestionado reiteradamente la versión ofrecida por el president de la
Generalitat, Carlos Mazón.
Entre los nuevos
nombres citados figuran cinco alcaldes de la comarca de l’Horta Sud (Torrent,
Alfafar, Picanya, Aldaia y Quart de Poblet), dos de la Foia de Bunyol (los
municipios de Chiva y Cheste), y otros de la Plana de Utiel, los Serranos y el
Camp de Túria (Requena, Sot de Chera y Riba-roja de Túria). También se suman
dos más de la Ribera (l’Alcúdia y Guadassuar). Tal como informa À Punt, la
jueza Nuria Ruiz ya dejó claro en un auto reciente que no aprecia
responsabilidades penales en los mandatarios municipales, centrando en cambio
la investigación en la actuación de la Generalitat.
La magistrada también
ha convocado a declarar como testigos a una funcionaria de la Agencia
Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) y a varios
peritos, entre ellos la jefa del departamento de Meteorología de À Punt,
Victòria Roselló. Además, deja en suspenso, a la espera de resolución aparte,
la posible citación de la periodista Maribel Vilaplana.
Ratifica su
negativa a imputar al presidente de la CHJ
En paralelo, la jueza
ha rechazado el recurso presentado por la Asociación de Damnificados Dana Horta
Sud, que pedía la imputación del presidente de la Confederación Hidrográfica
del Júcar (CHJ), Miguel Polo, y de tres altos cargos de la Generalitat en el
área de Emergencias: el director Alberto Javier Martín, el subdirector Jorge
Suárez y la jefa de servicio Inmaculada Piles.
Ruiz considera
suficiente la información aportada por la CHJ mediante el sistema automático
SAIH y los correos enviados alertando sobre el aumento de los caudales del río.
La jueza subraya que no puede atribuirse responsabilidad penal ni a los cargos
de la CHX ni a los de la Generalitat únicamente por su pertenencia a la
estructura administrativa.
Duras críticas
a Pradas y Argüeso
Por el contrario, la
jueza se muestra especialmente crítica con las declaraciones de la exconsellera
de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y su entonces número dos, Emilio
Argüeso. Considera que han mostrado una “manifiesta pasividad” durante la
emergencia y califica de “absurda” su versión sobre el aislamiento en el CECOPI
(Centro de Coordinación Operativa Integrada), así como la interrupción de
conexiones telemáticas sin explicación clara.
Ruiz remarca que esa
actitud es incoherente con sus quejas por la supuesta falta de información. “Es
absurdo que se quejen de falta de datos y decisiones mientras excluyen de la
reunión a quienes supuestamente debían proporcionarlas”, recoge el auto
judicial.
El control del
sistema Es-Alert y los mensajes de WhatsApp
La instructora también
desmonta el testimonio de Pradas sobre el sistema de alertas Es-Alert.
Considera probado que ella tenía pleno control sobre el envío de los mensajes
de emergencia a la población. Recuerda que fue Pradas quien tenía el mando sobre
la emergencia y que, según sus propias declaraciones a À Punt, no conocía el
sistema hasta la misma tarde de la riada.
En cuanto a Emilio
Argüeso, la jueza critica la escasa participación que tuvo durante la crisis,
reducida prácticamente al envío de mensajes por chats de WhatsApp. Subraya que
sus respuestas generan “auténtico estupor”, dado su rango y responsabilidad en
la gestión de emergencias.
Rechazo a
incorporar un informe externo
En un segundo auto, la
jueza también ha rechazado la petición de la acusación particular ejercida por
el colectivo Liberum para incorporar a la causa un documento elaborado por un
particular y citarlo como perito. Ruiz argumenta que el autor “no ostenta la
condición de perito ni experto en los hechos investigados”.
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