La jueza rechaza de nuevo imputar al presidente de la CHJ y critica la "absurda" versión de Pradas

La investigación judicial por la gestión de la DANA amplía las declaraciones de alcaldes y mantiene el foco en altos cargos de la Generalitat mientras exime de responsabilidad penal a la Confederación Hidrográfica del Júcar

Así lo ha acordado la jueza del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja, que ha ampliado las testificales a dieciséis responsables municipales más, entre ellos la alcaldesa de València, María José Catalá, y el alcalde de Cullera, Jordi Mayor, quien ha cuestionado reiteradamente la versión ofrecida por el president de la Generalitat, Carlos Mazón.

Entre los nuevos nombres citados figuran cinco alcaldes de la comarca de l’Horta Sud (Torrent, Alfafar, Picanya, Aldaia y Quart de Poblet), dos de la Foia de Bunyol (los municipios de Chiva y Cheste), y otros de la Plana de Utiel, los Serranos y el Camp de Túria (Requena, Sot de Chera y Riba-roja de Túria). También se suman dos más de la Ribera (l’Alcúdia y Guadassuar). Tal como informa À Punt, la jueza Nuria Ruiz ya dejó claro en un auto reciente que no aprecia responsabilidades penales en los mandatarios municipales, centrando en cambio la investigación en la actuación de la Generalitat.

La magistrada también ha convocado a declarar como testigos a una funcionaria de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) y a varios peritos, entre ellos la jefa del departamento de Meteorología de À Punt, Victòria Roselló. Además, deja en suspenso, a la espera de resolución aparte, la posible citación de la periodista Maribel Vilaplana.

Ratifica su negativa a imputar al presidente de la CHJ

En paralelo, la jueza ha rechazado el recurso presentado por la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud, que pedía la imputación del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, y de tres altos cargos de la Generalitat en el área de Emergencias: el director Alberto Javier Martín, el subdirector Jorge Suárez y la jefa de servicio Inmaculada Piles.

Ruiz considera suficiente la información aportada por la CHJ mediante el sistema automático SAIH y los correos enviados alertando sobre el aumento de los caudales del río. La jueza subraya que no puede atribuirse responsabilidad penal ni a los cargos de la CHX ni a los de la Generalitat únicamente por su pertenencia a la estructura administrativa.

Duras críticas a Pradas y Argüeso

Por el contrario, la jueza se muestra especialmente crítica con las declaraciones de la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y su entonces número dos, Emilio Argüeso. Considera que han mostrado una “manifiesta pasividad” durante la emergencia y califica de “absurda” su versión sobre el aislamiento en el CECOPI (Centro de Coordinación Operativa Integrada), así como la interrupción de conexiones telemáticas sin explicación clara.

Ruiz remarca que esa actitud es incoherente con sus quejas por la supuesta falta de información. “Es absurdo que se quejen de falta de datos y decisiones mientras excluyen de la reunión a quienes supuestamente debían proporcionarlas”, recoge el auto judicial.

El control del sistema Es-Alert y los mensajes de WhatsApp

La instructora también desmonta el testimonio de Pradas sobre el sistema de alertas Es-Alert. Considera probado que ella tenía pleno control sobre el envío de los mensajes de emergencia a la población. Recuerda que fue Pradas quien tenía el mando sobre la emergencia y que, según sus propias declaraciones a À Punt, no conocía el sistema hasta la misma tarde de la riada.

En cuanto a Emilio Argüeso, la jueza critica la escasa participación que tuvo durante la crisis, reducida prácticamente al envío de mensajes por chats de WhatsApp. Subraya que sus respuestas generan “auténtico estupor”, dado su rango y responsabilidad en la gestión de emergencias.

Rechazo a incorporar un informe externo

En un segundo auto, la jueza también ha rechazado la petición de la acusación particular ejercida por el colectivo Liberum para incorporar a la causa un documento elaborado por un particular y citarlo como perito. Ruiz argumenta que el autor “no ostenta la condición de perito ni experto en los hechos investigados”.

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