CC.OO. denunciará a las empresas que no evacuaron a sus empleados durante la gota fría
infoJUCAR | El sindicato explica que la plantilla
tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo en
caso de riesgo grave e inminente para su vida o su salud
Comisiones Obreras ha
anunciado que presentará denuncias ante la Inspección de Trabajo contra las
empresas que no evacuaron a su personal durante los días azotados por la DANA o
gota fría, "pese a haberse ordenado la evacuación".
En un comunicado, el
sindicato recuerda que "estas ausencias laborales tienen su justificación
en lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo
21", que recoge que, cuando el personal de la empresa "esté o pueda
estar expuesto a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, el
empresario está obligado a adoptar las medidas para que los trabajadores puedan
interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar
de trabajo".
CCOO añade que la
plantilla "tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar
de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un
riesgo grave e inminente para su vida o su salud".
Sin embargo, asegura
tener constancia de que algunas empresas "no permitieron la salida de
trabajadores pese a haberse ordenado la evacuación, por lo que se estudian las
circunstancias que dieron lugar a dicha negativa para trasladar las
correspondientes denuncias a la Inspección de Trabajo".
La organización ha
precisado que en casos de evacuación, las empresas deberán abonar a sus
trabajadores los salarios de las jornadas que dejaron de realizar ante el
peligro de inundación. Sostiene, además, que "el personal que no pudo
acceder a su puesto de trabajo por alerta meteorológica, como en el supuesto
anterior, se le abonará su jornada como trabajada y no supondrá sanción
alguna".
También aclara que
"una vez pasada la alerta roja y la emergencia", las horas dedicadas
a la limpieza de los centros de trabajo que ha sufrido los efectos de
inundación "serán consideradas extraordinarias, ya que tendrán carácter de
fuerza mayor. Son horas específicas que no computan en el máximo anual".
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