Sanidad permitirá ser atendido en el centro de salud más próximo al trabajo


infoJUCAR | Se elimina la exigencia del certificado de empadronamiento para el registro del SIP
El Pleno del Consell aprobó esta semana el nuevo mapa sanitario de la Comunidad Valenciana, aunque la entrada en vigor de este decreto «no supone perjuicio alguno del derecho a la libre elección de centro y departamento, que podrá realizarse mediante solicitud de la persona interesada».

La portavoz del Consell, Mónica Oltra, explicó que, de este modo, se ordena la asignación inicial de la población a los servicios sanitarios que le correspondan en función de la dirección efectiva registrada en SIP de cada usuario, de conformidad con la demarcación asignada en el mapa sanitario actualizado de la Comunidad Valenciana.
Asimismo, afirmó que se elimina la problemática generada por el requerimiento del certificado de empadronamiento en el registro de la dirección habitual en SIP, así que desaparece la necesidad de presentar este certificado para acreditar la dirección registada en SIP.
Las personas con derecho a la tarjeta sanitaria de la Comunidad Valenciana con cobertura sanitaria pública que se desplacen de manera temporal a otras demarcaciones geográficas dentro la Comunidad, se les asignará centro y médico de Atención Primaria de acuerdo a la dirección efectiva que se registre en SIP, en dicho territorio.
De este modo, los usuarios de la sanidad pública valenciana ya no necesitarán solicitar un procedimiento de libre elección de centro sino que solamente necesitarán comunicar el cambio de domicilio.
Asimismo, las personas que no dispongan de la tarjeta sanitaria se les adscribirá temporalmente a un centro de atención primaria según el mapa sanitario. Además, la entrada en vigor del mismo no supone un gasto añadido a la Conselleria de Sanidad.
El decreto también regula los procedimientos de modificación del mapa sanitario de la Comunidad, al igual que el procedimiento de actualización y mantenimiento de dicho mapa con el fin de que se responda de forma permanente a la realidad poblacional y a las necesidades de gestión.
Estos se ordenan en tres tipos de procedimientos de diferente grado de complejidad para dinamizar su tramitación. El primero, el procedimiento de modificación interdepartamental del mapa sanitario que afecta a los límites de varios departamentos de salud, según las mismas fuentes.
El segundo, el procedimiento de modificación intradepartamental que afecta a los límites de zonas básicas de salud de un departamento de salud, que a su vez puede ser, con o sin modificación de adscripción de profesionales sanitarios. Por último, la inscripción permanente de cualquier variación que se produzca en el mapa sanitario de la Comunidad Valenciana.
Asimismo, el decreto otorga una nueva regulación a la Comisión Asesora del Mapa Sanitario de la Comunidad Valenciana como órgano colegiado de carácter consultivo y de coordinación en materia de ordenación sanitaria territorial de la Comunidad y su función básica es informar los expedientes de Modificación Interdepartamental y de Modificación Intradepartamental, con modificación de la adscripción de profesionales sanitarios.

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